Se alcanzó un acuerdo con la AOT por el cual las empresas comprendidas en el convenio colectivo 500/07 pagarán a dicho gremio una contribución por única vez.
Acompañamos un acuerdo arribado con la AOT por el cual las empresas comprendidas en el convenio colectivo 500/07 pagaran a dicho gremio una contribucion por unica vez, con fines sociales de $ 200, por trabajador ocupado al cual le sea aplicable ese convenio colectivo.
Dicha contribucion se hara efectiva en dos cuotas iguales, la primera con los haberes de diciembre de 2014 y la segunda con los de enero de 2015.
Los pagos se haran por deposito en la cuenta bancaria de la AOT del Banco de la Nacion Argentina Nº 39980/53 o del Banco de la Provincia de Buenos Aires Nº 34483/4 mediante la boleta de pago respectiva.
Queda especificamente determinado que lo pactado en este acuerdo no sera prorrogado automaticamente a su vencimiento, ni seguira rigiendo por ultraactividad legal.
El presente convenio ha sido presentado para su homologacion.